¡Adiós al candado de los 5 años! SCJN tumba barrera burocrática para que concubinos accedan a pensión del ISSSTE
SCJN declara inconstitucional el requisito de 5 años de convivencia para acreditar concubinato en el ISSSTE
CDMX.- En una decisión que actualiza el marco legal mexicano y reconoce la diversidad de las familias modernas, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el requisito de cinco años de convivencia para acreditar el concubinato y acceder a pensiones por viudez y servicios de salud en el ISSSTE. Este fallo, derivado del Amparo en Revisión 268/2025, revierte criterios de hace más de una década y argumenta que la exigencia viola derechos como la igualdad, la no discriminación, la protección familiar y el libre desarrollo de la personalidad. En el caso concreto, un hombre obtuvo el amparo tras ser negada su pensión por la muerte de su pareja, pese a probar más de tres años de relación ante un juez familiar.
La resolución, aprobada por el Pleno este 10 de febrero de 2026, enfatiza que evitar fraudes no justifica una barrera temporal rígida; en su lugar, se deben valorar pruebas como convivencia efectiva, dependencia económica o lazos afectivos. Fuentes oficiales del ISSSTE destacan que esto no elimina la necesidad de demostrar fehacientemente la relación, pero aligera cargas para parejas de hecho, alineándose con evoluciones sociales donde el matrimonio no es la única opción. Sin embargo, reacciones en redes advierten riesgos de abusos, con usuarios preocupados por un posible incremento en solicitudes infundadas que sobrecarguen el sistema de seguridad social.
Este cambio representa un avance en derechos humanos, pero plantea desafíos para el ISSSTE en equilibrar inclusión y sostenibilidad financiera. Expertos coinciden en que fortalece la libertad sindical y familiar, aunque urge mecanismos más robustos de verificación para prevenir manipulaciones.



