CDMX.- Lenia Batres, ministra de la Suprema Corte, salió a defender las restricciones que impone en su cuenta de X —comentarios limitados o usuarios bloqueados— con el argumento de que “la libertad de expresión no es ilimitada” y que no se trata de censura. El pronunciamiento llega después de que, desde enero de 2024, 17 usuarios hayan promovido amparos por considerar vulnerados sus derechos de expresión y acceso a la información. De esos juicios, 16 ya tienen sentencia definitiva: 14 fueron sobreseídos por falta de afectación acreditada, pero en el amparo 328/2026 un juez federal (Alan Arriola Padilla) concedió la protección el 22 de septiembre y le ordenó abrir los comentarios. Batres ya interpuso recurso de revisión.
El contraste es duro. Quien se autodenomina “Ministra del Pueblo” y usa su cuenta para difundir su labor jurisdiccional trata la crítica ciudadana como “conducta abusiva orientada a la descalificación personal”. Los servidores públicos, por jurisprudencia de la propia Corte y estándares de la Corte Interamericana, deben tolerar un mayor escrutinio; el bloqueo generalizado o la restricción sistemática no es el filtro legítimo de injurias o amenazas, sino una barrera preventiva contra el desacuerdo. Cuando una integrante del máximo tribunal justifica silenciar interlocutores en lugar de responderlos, el mensaje no es de límites jurídicos: es de intolerancia institucional.
Esa postura revela más sobre la distancia entre el cargo y la ciudadanía que sobre el alcance real de la libertad de expresión. Un funcionario que predica límites mientras evita la interacción abierta no está protegiendo derechos; está administrando el malestar que le genera la rendición de cuentas. La Corte que exige transparencia a otros queda mal parada cuando uno de sus miembros convierte su red social en un espacio de diálogo selectivo.
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