Tribunal Colegiado resuelve contra AMLO: Utilizó recursos públicos en la "mañanera" para desacreditar a periodistas críticos; operó como instrumento de estigmatización y fomentó la censura
El caso tiene su origen en un amparo promovido por el periodista Raymundo Riva Palacio, quien denunció haber sido objeto de expresiones de acoso, denostación y represalia por parte de AMLO.
CDMX.- En un fallo unánime, el vigésimo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Primer Circuito ha declarado que la sección “¿Quién es quién en las mentiras?” de las conferencias mañaneras del ex presidente Andrés Manuel López Obrador fue un instrumento de estigmatización que, lejos de promover transparencia, utilizó recursos públicos para desacreditar a periodistas críticos, arrogándose la facultad de definir unilateralmente la “verdad” desde el poder político. Esta resolución, publicada en el Semanario Judicial de la Federación, no solo marca un precedente jurídico relevante, sino que destapa una práctica que, según el tribunal, vulneró las libertades de expresión, prensa e información, pilares esenciales de la democracia.
El caso tiene su origen en un amparo promovido por el periodista Raymundo Riva Palacio, quien denunció haber sido objeto de expresiones de acoso, denostación y represalia por parte de López Obrador y Ana Elizabeth García Vilchis, entonces directora de Redes de la Coordinación General de Comunicación Social, durante las mañaneras. Riva Palacio argumentó que la sección, creada por una orden verbal del Ejecutivo sin sustento normativo claro, no cumplía con los estándares constitucionales de acceso a la información y violaba su derecho a la libertad de prensa. En entrevista con El Universal, el periodista destacó la trascendencia del fallo: “No es común que un criterio de un Tribunal Colegiado sea publicado en el Semanario Judicial. Es un precedente extraordinario”.
El tribunal fue contundente: la creación de “¿Quién es quién en las mentiras?” sin reglas objetivas ni límites precisos derivó en un sistema de propaganda gubernamental que deformaba la verdad, reprimía a la prensa crítica y limitaba el acceso de la ciudadanía a información objetiva. Según el fallo, esta práctica contravino los artículos 6, 7, 16, 39 y 40 de la Constitución mexicana, así como principios de legalidad y democracia. Además, el tribunal hizo eco del Informe Anual de 2022 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que ya había advertido sobre el uso de discursos estigmatizantes desde el poder para silenciar voces disidentes.
Contexto: las mañaneras como escenario de polarización
Las conferencias mañaneras de López Obrador, concebidas como un ejercicio de comunicación directa con la ciudadanía, se convirtieron en un espacio de gran influencia durante su sexenio (2018-2024). Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2020 cerca del 20% de la población mexicana seguía regularmente estas conferencias, ya sea por medios tradicionales o plataformas digitales. Sin embargo, su formato también generó críticas por su uso para señalar a adversarios políticos, empresarios y, especialmente, periodistas.
La sección “¿Quién es quién en las mentiras?”, lanzada en junio de 2021, fue presentada como una herramienta para combatir la desinformación. No obstante, organizaciones como Artículo 19 y Reporteros Sin Fronteras (RSF) documentaron que, en la práctica, sirvió para exponer a medios y periodistas críticos, acusándolos de difundir “fake news” sin pruebas sólidas ni derecho de réplica. En su informe de 2022, la CIDH señaló que este tipo de prácticas fomentan la censura indirecta al generar un ambiente hostil para la prensa, un problema que México, uno de los países más peligrosos para el periodismo (con 13 asesinatos de periodistas en 2022, según RSF), no puede permitirse.
El caso de Riva Palacio no es aislado. Periodistas como Carmen Aristegui, Ciro Gómez Leyva y Azucena Uresti también fueron señalados en las mañaneras, lo que, según Artículo 19, contribuyó a campañas de desprestigio que ponían en riesgo su seguridad y credibilidad. En su entrevista con El Universal, Riva Palacio describió el impacto personal y profesional: “Esa estigmatización fue tan violenta que hay gente que mejor se fue y se escondió. Provocó un daño reputacional con verdades alternas que no eran verdades, eran falsedades”.
Análisis: el peligro de la “verdad” oficial
El fallo del tribunal pone sobre la mesa un debate crucial: ¿quién define la verdad en una democracia? Al atribuirse esa potestad, el Ejecutivo no solo vulneró derechos fundamentales, sino que alimentó una narrativa polarizante que dividió a la sociedad entre “aliados” y “opositores”. Esta estrategia, conocida como “postverdad”, apela a emociones más que a hechos verificables, erosionando el debate público racional. Como señala el filósofo Jürgen Habermas, una esfera pública democrática requiere pluralismo y neutralidad en la información, condiciones que “¿Quién es quién en las mentiras?” no garantizó.
Además, la falta de un marco normativo claro para la sección refleja una improvisación que contrasta con los principios de legalidad exigidos al Estado. En un país con una historia de abuso de poder, como México, donde el gobierno de Echeverría (1970-1976) orquestó campañas contra la prensa crítica, o el caso reciente de la filtración de datos personales de periodistas por parte de la Secretaría de Gobernación en 2023, este tipo de prácticas no pueden tomarse a la ligera.
Por otro lado, el fallo llega en un momento de transición política. La actual presidenta, Claudia Sheinbaum, ha declarado estar “en contra de la censura”, pero aún enfrenta el desafío de desmantelar inercias autoritarias en la comunicación gubernamental. La resolución judicial podría servir como un recordatorio de que la libertad de prensa no solo es un derecho, sino una condición para la rendición de cuentas.
Implicaciones y pendientes
La sentencia no solo protege a Riva Palacio, sino que establece un criterio que podría beneficiar a otros periodistas estigmatizados. Sin embargo, su impacto práctico dependerá de cómo se aplique en el futuro. En un contexto donde el presupuesto de comunicación social del gobierno federal superó los 10 mil millones de pesos en 2022, según la organización Fundar, es crucial garantizar que esos recursos no se usen para propaganda o ataques personales.
El precedente también plantea preguntas sobre la responsabilidad de los funcionarios públicos. Aunque López Obrador ya no está en el poder, el daño reputacional y profesional a los periodistas señalados persiste, como subrayó Riva Palacio: “A mí me la siguen cobrando”. Esto abre la puerta a futuras demandas por reparación del daño, un tema que la justicia mexicana aún debe abordar con seriedad.
En conclusión, el fallo del Tribunal Colegiado es una victoria para la libertad de prensa, pero también un llamado de atención sobre los peligros de usar el poder para imponer una narrativa única. En una democracia frágil como la mexicana, donde la confianza en las instituciones sigue siendo baja (solo el 33% de los mexicanos confía en el gobierno, según Latinobarómetro 2023), garantizar un debate público plural y respetuoso es más urgente que nunca. La lección es clara: nadie, ni siquiera el presidente, puede arrogarse el monopolio de la verdad.